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Material Rodante

Trenes de viajeros

De forma general, se admiten todos los trenes de viajeros que cumplan con las especificaciones técnicas de interoperabilidad europeas y que estén equipados con el sistema ERTMS. Los trenes pueden ser ramas autopropulsadas o trenes convencionales formados por máquinas de tracción y coches remolcados.

Los trenes autopropulsados pueden circular en Unidad Simple (US) o Múltiple (UM), siempre y cuando hayan pasado previamente con éxito todos los ensayos necesarios, en particular los relativos a señalización, ERTMS y compatibilidad electromagnética.

Los trenes convencionales autorizados a circular por la S.I. están compuestos por máquinas motoras (locomotoras) y coches. La tracción puede ser realizada por máquinas de tracción en Unidad Simple (US) o Unidad Múltiple (UM).

Respecto a su velocidad, los trenes pueden ser trenes de alta velocidad (velocidades superiores a 250 km/h) o trenes de media velocidad circulando a 160, 180, 200, 220 o 230 km/h.

Los trenes regionales de media capacidad y circulando a velocidades inferiores a 200 km/h son admitidos en la línea, siempre que cumplan con las especificaciones técnicas de interoperabilidad.

Trenes de Mercancías (características generales)

La línea está diseñada para permitir no solo la circulación de trenes de mercancías sin restricciones, sino también para facilitar el paso de trenes largos y pesados.

La longitud máxima admitida es de 750 m. También se admiten longitudes hasta 850 m como transportes excepcionales.

La masa máxima admitida es de 2.000 t con enganches normales (850 kN) y superior a 2.000 t con enganches reforzados (1.350 kN).

Las materias peligrosas son admitidas.

La carga máxima por eje es de 22,5 toneladas.

Máquinas de tracción

De forma general, se admiten todas las máquinas de tracción que cumplan con las especificaciones técnicas de interoperabilidad y que estén equipadas con el sistema ERTMS. La disposición de los ejes puede ser de tipo BB o CC.

La circulación es posible en Unidad Simple (US), Unidad Múltiple (UM), Doble Tracción (DT) e incluso empuje si éste está enganchado.

El modo de tracción puede ser eléctrico, térmico (diésel) o híbrido (eléctrico + térmico).

Vagones de mercancías

Los vagones de mercancías deben ser conformes al RIV y estar bajo la responsabilidad de una Entidad Encargada del Mantenimiento (EEM), según el reglamento UE 445/2011.